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¿Qué es la retención de impuestos en plataformas tecnológicas?

erik1274



Para la mayoría de trabajadores de plataformas tecnológicas, el término retención de impuestos nació el 1 de junio de 2020 cuando entró en operaciones este régimen fiscal.


Entre repartidores y conductores, el primer entendimiento que se tuvo de este nuevo término fue algo muy cercano a me van a quitar dinero y ahora voy a ganar menos; y hay algo de verdad en ello.


Con base en lo que la página de Internet del SAT explica, la retención no es otra cosa que una cantidad de dinero que se descuenta de los ingresos para pagar impuestos. En el caso específico de las actividades en plataformas tecnológicas, dicha cantidad de dinero la descuenta la propia plataforma de los ingresos generados de viajes, entregas, ventas u hospedaje. Posteriormente, también como lo aclara la página de Internet del SAT, las distintas plataformas deben entregar a la Autoridad esa cantidad de dinero descontada, convirtiéndose, de alguna forma, en las responsables de pagar los impuestos en nombre de los contribuyentes.


Entonces, con base en lo que se indica en el párrafo anterior, se podría pensar que si las plataformas calculan, descuentan y pagan los impuestos a nombre de los trabajadores, ya todo está hecho y no se tendrían que presentar declaraciones mensuales, anuales o informativas; pero en el ámbito de dicho régimen fiscal no es así.


Si un trabajador solamente obtuviera ingresos a través de la plataforma tecnológicas, es decir que única y exclusivamente hiciera viajes y entregas donde los clientes pagaran sus servicios usando sus tarjetas de crédito o débito, o algún otro medio electrónico, entonces, efectivamente, la retención cubriría el total de impuestos a pagar y no sería necesario hacer nada más; pero existe una variable que es el ingreso en efectivo, mismo que los contribuyentes están obligados a declararlo y pagar el importe de impuestos correspondiente, ya que la retención no contempla ni cubre las contribuciones fiscales de ese tipo de ingreso.


Cabe la posibilidad que exista un escenario donde en la obtención de ingresos no esté involucrado el efectivo; este escenario se puede dar principalmente en actividades de venta u hospedaje, donde plataformas como Mercado Libre y Airbnb cobran el ingreso del contribuyente para posteriormente hacérselo llegar a través de un depósito o transferencia bancaria; en estos casos, si el trabajador de plataformas optó por el esquema de pagos definitivos, no tendría la obligación de presentar declaraciones provisionales, informativas ni declaración anual.


Tomando en cuenta lo que se menciona en el párrafo anterior, es muy importante destacar que el diseño tributario con el que fue creado el régimen de las actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas contempla dos mecanismos o esquemas para hacer el pago de impuestos; estos esquemas son los pagos provisionales o el pago definitivo; la diferencia fundamental entre un esquema y otro, es el hecho de poder acreditar el IVA y deducir del ISR los gastos operativos (deducciones autorizadas) y personales (deducciones personales) en los que se incurra, a través de las declaraciones provisionales y anual, respectivamente; esto es posible aplicarlo únicamente si se eligió el esquema de pagos provisionales.


En resumen, entendemos que en el régimen fiscal de plataformas tecnológicas, la retención cubre el importe de impuestos correspondiente a los ingresos obtenidos mediante intermediarios, es decir los ingresos obtenidos de viajes, entregas, ventas y hospedaje que fueron pagados por los usuarios usando sus tarjetas de crédito, débito o algún medio electrónico; no así cuando el ingreso fue obtenido en efectivo; cuando esto último sucede, los impuestos a pagar deberán ser cubiertos por el contribuyente y el monto a pagar será determinado a través de la declaración provisional o definitiva mensual. Por último, si en la actividad llevada a cabo en plataformas, no se obtienen ingresos en efectivo y se opta por el esquema de pagos definitivos, entonces no se tiene la obligación de presentar ningún tipo de declaración.


 
 
 

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